Trámites FP

Convalidaciones FP

Para solicitar la convalidación de módulos profesionales hay que estar previamente matriculado en ellos.

  • La convalidación no se realiza nunca sobre la globalidad del título sino sobre los módulos profesionales.
  • Haber cursado enseñanzas superiores no siempre da derecho a la convalidación de enseñanzas relacionadas de menor nivel, aunque en ambas haya materias con nombres similares. Esto es así ya que el perfil profesional de un graduado universitario es diferente del de un Técnico superior y ambos son diferentes del perfil de un Técnico de grado medio.
  • Los módulos profesionales que se convaliden aportando módulos profesionales cursados en un título derivado de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (LOE) y Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (LOGSE) constarán en el expediente como Convalidado y computarán con la calificación obtenida en el módulo profesional cursado al calcular la nota media final del ciclo formativo. Los módulos profesionales convalidados aportando enseñanzas universitarias o estudios anteriores a LOGSE, no llevarán asignada ninguna puntuación, constarán en el expediente como convalidados y no computarán a efectos de cálculo de la nota media del ciclo formativo.

PLAZO

Abierto a lo largo de todo el curso escolar, desde que se hace la matrícula, con preferencia los expedientes presentados desde el inicio del plazo para realizar la matrícula hasta la finalización del mes de octubre de cada curso escolar.

PROCEDIMIENTO

  1. Se solicita en el Centro donde se cursan estudios de FP. Unas las resuelve directamente el Centro y otras se deriva la solicitud al Ministerio, como en los siguientes casos:
    • Estudios Universitarios oficiales
    • Títulos de Formación Profesional y Módulos Experimentales de Nivel II o Nivel III, regulados al amparo de la Ley 14/1970, de 4 de agosto General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.
  1. Cumplimenta correctamente el modelo de solicitud:

>>> Impreso solicitud de convalidación módulos profesionales.

  1. Prepara toda la documentación: CONSULTA AQUÍ LAS INSTRUCCIONES
  2. 4. Entrega la documentación en ventanilla de secretaría

MUY INTERESANTE ESTE DOCUMENTO DE APOYO DEL MINISTERIO:

>>>Tabla de convalidaciones

SI NECESITAS MÁS INFORMACIÓN:

>>>https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/formacion-profesional-andaluza/quiero-formarme/posibilidades-tras-formarme/convalidacion

Ampliación de Matricula en Segundo Curso

Según establece la normativa, el alumnado de primer curso de un ciclo formativo sin evaluación positiva en todos los módulos profesionales podrá optar por repetir sólo los módulos profesionales no superados o por matricularse, además, en módulos profesionales del segundo curso siempre que la carga horaria de los módulos profesionales no superados del primer curso sea igual o inferior al 50% de las horas totales.

Esta matrícula estará condicionada por la carga horaria que se curse que no podrá ser superior a 1.000 horas lectivas y por la compatibilidad horaria de los módulos profesionales que conforman la matrícula que permitirá la asistencia y la evaluación continua en todos los módulos profesionales. Es lo que denominamos ampliación de matrícula en segundo.

Por tanto, los requisitos de ampliación de matrícula son:

  1. Que no se curse una carga horaria entre los módulos profesionales no superados de primero y los «ampliados» en segundo, superior a 1000 horas.

  2. Que permita la asistencia y evaluación continua en todos ellos. Por tanto, debe garantizarse que ningún módulo profesional de segundo impida la asistencia a clase de algún módulo profesional no superado de primero.

  3. Que existan plazas en segundo para poder ampliar matrícula.

La normativa establece que este alumnado se matriculará de los módulos profesionales del primer curso del 25 al 30 de junio y ampliará matrícula con los módulos profesionales de segundo curso entre el 10 y el 15 de septiembre de cada año. Dado que hasta que no se conocen los horarios en muchos casos no es posible ampliar matrícula por no saber si los módulos profesionales de primero y segundo coinciden, nuestro centro retrasa esta acción a la primera semana del curso escolar.

El alumnado solicitará y entregará la ampliación de matrícula mediante el modelo que se encuentra en la Vicedirección del centro, indicando los módulos a solicitar y cómo quedaría su horario final con los módulos solicitados para la ampliación.

Se contactará con el alumnado para comunicarle la resolución.

Hasta que no se resuelva la ampliación el alumnado no podrá acceder a las clases de 2º curso.

En resumen:

Los alumnos que están matriculados sólo de algunos módulos de 1º, por haber aprobado otros en cursos anteriores, se podrán matricular de módulos de 2º curso en septiembre teniendo en cuenta estos criterios:

1. Si el alumnado de primero suspende módulos con carga horaria superior al 50%, se matriculará exclusivamente en los módulos no superados de primero sin posibilidad de extensión (no pueden matricularse de nada de 2º curso).

2. Los que suspenden igual o menos del 50% de las horas de 1º pueden:

  • Cursar sólo los módulos suspensos de 1º.

  • Cursar además módulos de 2º en oferta parcial: no más de 1000 horas por curso en total y si el horario lectivo de dichos módulos sea compatible, permitiendo la asistencia y evaluación continua en todos ellos.

Una vez conocido el horario definitivo de segundo curso, se ajustará en la matrícula de dichos alumnos la oferta parcial, condicionando ésta a aquellos módulos de segundo cuyo horario lectivo sea compatible a efectos de asistencia regular con los de primero, sin sobrepasar las 1.000 horas lectivas, permitiendo así la evaluación continua en todos ellos.

CRITERIOS DE AMPLIACIÓN DE MATRÍCULA

Para cuando existe más demanda de ampliación de matrícula en segundo que plazas, el centro ha establecido unos criterios de selección de las solicitudes de ampliación de matrícula para dichas plazas, que ha incorporado al Proyecto Educativo.

De tal forma, si el número de plazas vacantes de segundo fuese insuficiente para cubrir la demanda de solicitudes de matriculación en oferta parcial de los alumnos de primero, se aplicará consecutivamente el siguiente criterio de prioridad en la adjudicación de vacantes:

  1. Se adjudicarán las vacantes al alumnado con el menor número de módulos profesionales pendientes de superación de primer curso.

  2.  Se adjudicarán las vacantes al alumnado con el menor número de horas de matrícula en los módulos profesionales de primero.

  3. Se adjudicarán las vacantes al alumnado de mayor nota media en el los módulos profesionales superados de primero.

Conocido el horario definitivo para los grupos afectados por ampliación de matrícula en el curso escolar, se habilitará un periodo de una semana lectiva para solicitar la ampliación de matrícula.

Si los cursos de 1º y 2º estuviesen en turnos diferentes (de mañana o de tarde), no se considera necesaria la existencia del horario definitivo para proceder a la ampliación de matrícula.

Anulación de Matricula

Se solicitará al Director/a del Centro, por una sola vez, perdiendo sus derechos a la enseñanza, evaluación y calificación de TODOS los módulos profesionales en los que se esté matriculado. El procedimiento se tramita en la secretaría del centro, rellenando el formulario legalmente establecido junto a una copia del DNI.

Observaciones a la anulación de la matrícula:

La anulación da derecho a guardar las convocatorias (no se pierden convocatorias) para el año siguiente pero no la plaza escolar.

La anulación de matrícula implica la no devolución de las tasas pagadas y la pérdida de la escolaridad como alumnado del centro, es decir que no tiene derecho a la asistencia a clase ni a ser evaluado y calificado.

Los/as alumnos/as que han anulado su matrícula, si quieren reanudar sus estudios, deberán pasar de nuevo por el procedimiento de preinscripción, debiendo solicitar plaza en los plazos establecidos según la normativa que los regule.

Motivos de anulación:

  • Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna.
  • Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo.
  • Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

Cualquier de los tres motivos tendrá que ser justificado documentalmente. Se formularán con una antelación mínima de DOS MESES A LA EVALUACIÓN FINAL.

Renuncia a la convocatoria

Se solicitará al Director/a del Centro, por una sola vez, a la evaluación y calificación de un número de módulos profesionales que suponga menos del 50% de la totalidad de Módulos Profesionales que correspondan al curso en el que se encuentre matriculado, excepto cuando afecte exclusivamente al Módulo Profesional de F.C.T. El procedimiento se tramita en la secretaría del centro, rellenando el formulario legalmente establecido junto a una copia del DNI.

Motivos de renuncia:

  • Enfermedad prolongada o accidente del alumno o alumna.
  • Incorporación o desempeño de un puesto de trabajo en un horario incompatible con las enseñanzas del ciclo formativo.
  • Por cuidado de hijo o hija menor de 16 meses o por accidente grave, enfermedad grave y hospitalización del cónyuge o análogo y de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.

Cualquier de los tres motivos tendrá que ser justificado documentalmente. Se formularán con una antelación mínima de DOS MESES A LA EVALUACIÓN FINAL.

 

 

Baja Voluntaria

Según la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional de 23 de Junio de 2023, en el apartado 9º, el alumnado podrá solicitar la baja voluntaria.

Para ello, los alumnos/as deberán enviar un correo electrónico a la dirección:

secretaria.iesbeatrizdesuabia@gmail.com

El contenido del mensaje debe ser:

«Mediante este correo, presento por petición propia la cancelación de la matrícula que actualmente tengo en este centro». 

Nombre y apellidos, DNI y ciclo en el que se encuentra matriculado.

Además, se tiene que adjuntar copia del DNI.

Se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • El alumnado que solicite la baja voluntaria, será considerado como baja de oficio por lo que le contará la convocatoria.
  • Para el alumnado menor de edad, deberán ser sus tutores legales los que soliciten la baja.

Baja de Oficio

Se iniciará expediente de baja de oficio de enseñanzas de formación profesional inicial, si una vez iniciadas las actividades lectivas y transcurridos diez días lectivos se observase la no incorporación o la inasistencia injustificada y reiterada de algún alumno o alumna a las mismas.

La baja de oficio llevará aparejada la pérdida de la convocatoria correspondiente a la matrícula. Esta circunstancia se reflejará en el apartado de observaciones del expediente del alumnado con el texto «BAJA DE OFICIO». Asimismo, el alumno o alumna que cause baja de oficio perderá el derecho de reserva de plaza, por lo que, si en el futuro deseara continuar dichos estudios, deberá concurrir de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.

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