Becas y ayudas
El alumnado del IES Beatriz de Suabia puede solicitar varios tipos de becas y ayudas para realizar diferentes actividades educativas del centro. Las principales son las que se relacionan a continuación, pudiendo acceder a su información clicando sobre cada una de ellas:
El Ministerio del Gobierno de España competente en materia de Educación convoca para cada
curso académico las becas para el alumnado que curse estudios postobligatorios, tanto
universitarios como no universitarios.
La BECA 6000 está destinada al alumnado que, tras culminar con éxito su etapa en la Educación
Secundaria Obligatoria, opta por permanecer en el sistema educativo, matriculándose de primer
curso de Bachillerato o de un Ciclo Formativo de Grado Medio. Igualmente se dirige al alumnado
que promociona al segundo curso de Bachillerato y de Ciclo Formativo de Grado Medio
(incluyéndose el período de Formación en Centros de Trabajo).
Es una beca que persigue facilitar la permanencia en el sistema educativo y atender las
necesidades del alumnado que cumpliendo los requisitos económicos de la convocatoria de
becas de carácter general del Ministerio competentes en materia de educación no supera los
académicos. La Beca Adriano se encuentra dirigida al alumnado que curse en modalidad
presencial segundo curso o superior en algunas de las enseñanzas oficiales en centros docentes
no universitarios de Andalucía.Se pueden consultar aquí los requisitos necesarios.
Esta beca cuenta con una dotación económica de unos 4.000 € (75% del IPREM) por curso escolar teniendo como finalidades prioritarias:
- Pretende la reducción de la tasa de abandono prematuro escolar e incentivar la reincorporación al sistema educativo de la población con una franja de edad de 18 a 24 años.
- Quiere compensar la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio para atender a las cargas familiares.
- Quiere incentivar al alumnado de 18 a 24 años que abandonó el sistema educativo sin obtener titulación de educación obligatoria o posobligatoria a adquirir una titulación que le sirva para su incorporación al mundo laboral.
Se deben cumplir con los siguientes requisitos .
La Ayuda Individualizada para el Transporte Escolar es un servicio complementario que consiste en una aportación económica destinada, en general, a financiar los gastos de transporte escolar a aquellos solicitantes que no puedan hacer uso de ninguna de las modalidades de prestación y organización del servicio, o bien que tengan que cubrir una distancia superior a dos kilómetros entre su domicilio y la parada de la ruta escolar correspondiente.
Asimismo, también serán objeto de esta ayuda el alumnado de bachillerato de la modalidad de artes o de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en Centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia. Los supuestos son:
- Alumnado del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de formación profesional inicial de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, de la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas y no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 7 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.
- El alumnado de la modalidad de artes del Bachillerato y de ciclos formativos de Formación Profesional Inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
- Excepcionalmente, se podrán conceder ayudas individualizadas para colaborar en los gastos de transporte del alumnado beneficiario del servicio entre su domicilio y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a dicho domicilio, cuando el desplazamiento sea superior a dos kilómetros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.
La finalidad de estas ayudas es proporcionar al alumnado que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo o formación profesional dual en las empresas, ayudas para el desplazamiento a las empresas o entidades donde realizarán las actividades programadas en esta fase de su formación.
Los destinatarios de estas ayudas son alumnos y alumnas que cursan enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos, siendo subvencionables los gastos de desplazamiento necesarios para realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo o la formación profesional dual en empresas o entidades colaboradoras situadas a una distancia superior a 5 Kms. contados desde el centro docente en que se esté matriculado.
Estas ayudas vienen reguladas en la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se regula la concesión de ayudas por desplazamiento para el alumnado que realiza prácticas formativas correspondientes a la fase de Formación en Centros de Trabajo, o la formación práctica en la formación profesional dual.
Lo más destacable de toda esta normativa y que debes tener bien en cuenta si desarrollas presencialmente la FCT en el presente curso es:
- Nada más finalizar la FCT debes cumplimentar el documento de acreditación de jornadas en la empresa cuyo contenido debe corresponderse con lo reflejado en las hojas de seguimiento (del cuaderno de seguimiento de FCT o en el aula virtual para los que la realizan fuera de la provincia de Sevilla) en cuanto al número de jornadas realizadas (siempre y cuando se superen el 80% del total de horas correspondientes de cada ciclo). Este documento firmado y sellado EN LAS DOS HOJAS!! por tu tutor/a laboral debes entregárselo a tu profesor/a del centro que realiza tu seguimiento de la FCT (si realizas la FCT fuera de la provincia de Sevilla lo enviarás escaneado a tu profesor/a).
- A continuación el/la profesor/a encargado/a del seguimiento, deberá contrastar que lo indicado en dicho Modelo se corresponde con lo registrado en las hojas de seguimiento del libro de la FCT, especialmente en cuanto al número de jornadas realizadas, y firmarlo también.
- Finalmente, el alumnado custodiará este documento y lo adjuntará a su solicitud de ayuda que debe cumplimentar en la Secretaría virtual de la Consejería de Educación. Y según el caso:
– Si entregas la solicitud con clave IANDE, debes escanear el Modelo de Acreditación de Asistencia y adjuntarlo en pdf y, tras su registro final en esta Secretaría virtual, enviar sólo original del modelo de acreditación de jornadas en la empresa a la Secretaría del centro.
– Si lo haces sin clave IANDE, una vez impresa tu solicitud cumplimentada y firmada por todos los miembros de la unidad familiar, la entregarás presencialmente en formato papel en la secretaría del centro, adjuntando el original del modelo de acreditación de jornadas en la empresa junto con la solicitud.
- Todas las solicitudes se rellenan en la web de la Secretaría Virtual de los centros educativos.
- Los requisitos son:
- La Empresa/Entidad debe estar situada a más de 5 km del centro docente en el que se encuentra matriculado.
- Podrán solicitar las ayudas las alumnas y los alumnos que cumplan los requisitos de ingresos de la normativa. Es decir:
“No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM) anual http://www.iprem.com.es/, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, correspondiente al año natural en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.”
Enlaces:
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